LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO EL SIGUIENTE
D E C R E T O
(Nº 43.014)
Concejo Municipal:
Visto:
El proyecto de Decreto
presentad por los Concejales Sukerman y López N. los cuales expresan:
La importancia del trabajo en cualquier
tipo de sociedad, cuya relevancia social y política implica la necesidad de
Codificación del Trabajo y de la Seguridad Social en la actual coyuntura
nacional, fomentando y protegiendo de esta forma, los derechos de los trabajadores.
Y
Considerando: Que el FORO de "Aportes a la construcción
de un Código del Trabajo - Importancia Social y Política de la Codificación del
Trabajo y de la Seguridad Social en la actual coyuntura nacional", a
realizarse el día jueves 9 de abril del corriente año, es una Plataforma para
generar una participación activa en la construcción de una normativa laboral y
de la seguridad social, proponiendo una interdisciplinariedad en la misma.
Que el Foro propone la necesidad
fundamental, de continuidad en todo lo concerniente a la libertad sindical en
nuestro país, con las diversas miradas de Sindicatos como también de abogados
dedicados al derecho laboral.
Que la idea de este Foro es también
consolidar la necesidad de estudio, prevención, cuidado y seguimiento de lo que
hace a la salud, tanto física como psicológica de los trabajadores en el ámbito
laboral, lo cual se integra con el concepto de seguridad que éstos deben lograr
el mismo.
Que uno de los ejes y objetivos
fundamentales de este Foro, es concientizar acerca de la responsabilidad
jurídica y social del empleador, con la consecuente necesidad de estabilidad
entre otras obligaciones primordiales. En tal sentido, también busca aportar
tanto información para de esta manera permitirnos a todos, como seres sociales,
poder realizar un análisis más profundo del mundo laboral en el que todos, de
una manera u otra estamos insertos.
Que no es de menor relevancia, el tratamiento
en este espacio, de las normas procesales en este marco de un Código del
Trabajo y de la Seguridad Social.
Que es bueno tratar y profundizar la
temática acerca de la democracia laboral, con la lógica participación tanto de trabajadores como de
empleadores
Que el Foro contará con la participación
de sujetos sociales, quienes diariamente se encuentran comprometidos, trabajando
arduamente con esta temática nada menos que del derecho del trabajo,
participando activamente y con amplia experiencia, lo cual significa un aporte
objetivamente positivo.
Que este Foro es apoyado por:
- Ministerio
de Justicia de la Nación,
- H. Cámara
de Diputados de la Nación,
- CONICET
Centro Científico Tecnológico Rosario, Facultad de Ciencias Políticas UNR,
- Centro de
Estudios Interdisciplinarios (CEI) UNR, C.I.E.T.,
- Centro de
Estudios Políticos y Sociales para Transformar la Argentina,
- Instituto
de Derecho Político del Colegio de Abogados de Rosario,
- Infojus,
- Cátedra
Libre del Mundo del Trabajo (Universidad Central de Venezuela),
- Secretaría
de Integración y Desarrollo Social (SEIDESOC) UNR,
- Corriente
de Abogados Laboralistas 7 de Julio,
- Abogados
Mendocinos por la Justicia Social (AAMJuS)
Que este Foro es organizado por:
- Red Interdisciplinaria sobre Estudios del
Trabajo (RIET),
- Confluencia
Federal de Laboralistas (CFL),
- Asociación
de Abogados Laboralistas de Rosario (AALR).
Que la importancia
académica de esta temática es indudable, teniendo en cuenta que plantea el
desafío de la construcción interdisciplinaria de un Código de Trabajo en el
ámbito nacional.
Que la realización
de esta actividad también implica profundizar el compromiso y acompañamiento de
las problemáticas sociales que preocupan a toda la sociedad, estableciendo
conexiones operativas entre el ámbito académico, los actores sociales
involucrados en esta problemática y la dirigencia política.
Por todo lo expuesto se eleva
para su aprobación el siguiente proyecto de:
D E C R E T O
Artículo 1º.- El Concejo Municipal de Rosario declara de interés
municipal el “FORO FEDERAL INTERDISCIPLINARIO DE APORTE
A LA CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DEL CÓDIGO DEL TRABAJO” a realizarse el día jueves 9 de abril del corriente
año, por fomentar el interés social por la participación
en la Codificación del trabajo en nuestro país.
Art.
2º.- Enviar atenta nota de estilo con fotocopia autenticada del presente
Decreto a la entidad organizadora, con la transcripción del artículo 4 de la Ordenanza N 7.986/06,
que establece: “El/los organizador/es de todo evento y/o acontecimiento que sea
declarado de Interés Municipal, deberá elevar al Concejo Municipal dentro de
los noventa (90) días a posteriori de su realización, un documento que informe
las conclusiones obtenidas, las ponencias debatidas, el objetivo logrado, los
resultados y/o toda la información relevante inherente al tipo de
acontecimiento realizado y reconocido con esta distinción, con el fin de
aportar al Concejo los avales científicos y técnicos para el reconocimiento y
resolución de distintas problemáticas de la ciudad de Rosario, y la información
relevante de cada evento para su conocimiento, evaluación, análisis y/o
difusión. Cuando las mismas sean de interés general y contribuyan a elevar la
calidad de vida de los ciudadanos rosarinos, el Concejo Municipal se hará cargo
de su difusión a través del medio que crea conveniente. El informe presentado
será reclamado por la
Presidencia del Concejo Municipal y podrá ser publicado en la
página web de la
Municipalidad de Rosario. De no presentarse dentro de los 90
días el informe anteriormente mencionado, el Concejo automáticamente rechazará
toda nueva solicitud para obtener la declaración de interés municipal de dicho
evento”.
Art. 3º.- Encomiéndase poner en
conocimiento de la entidad organizadora el artículo 7 de la Ordenanza N 7.986/06
modificado por Ordenanza 8.559 que
establece: “Cuando se otorgue el reconocimiento de “Interés Municipal” en los supuestos
del artículo que antecede, los beneficiados por tal mención deberán otorgar un
mínimo de 10 becas, o entradas, o acreditaciones, u otro tipo de habilitación
de ingreso, sin importar el costo de la actividad al Concejo Municipal, quien
las entregará a Escuelas, Universidades, O.N.Gs. o Instituciones de bien
público a través de la Comisión
de Labor Parlamentaria. En el caso
en que la mención sea entregada por una obra escrita o audiovisual, los
beneficiarios deberán donar, a través de la Comisión de Labor Parlamentaria, como mínimo un
ejemplar de la misma a bibliotecas Municipales de la ciudad de Rosario.”
Art. 4º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos,
publíquese y agréguese al D.M.
Sala de sesiones, 9 de
Abril de 2015.-
Expte. Nº 220.481-P-2015-C.M.
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